Patrimonio sanciona al arqueólogo responsable de la variante sur (Plasencia)
15/4/11 .- http://www.hoy.es/
Considera que incumplió sus deberes como director de las actividades arqueológicas
La Dirección General de Patrimonio de Extremadura propone multar con 30.000 euros al director de las actividades arqueológicas de las obras de desdoblamiento y construcción de la variante sur de Plasencia, en el tramo desde la Ex-203 (arranque de la carretera de la Vera en la rotonda) hasta enlazar con la carretera N-630 en el alto de Fuentidueñas. Esta obra se ejecutó entre junio de 2008 y septiembre de 2010.
La propuesta de multa de 30.000 euros se basa en la comisión de una presunta infracción grave al artículo 93.2 de la Ley de Patrimonio de Extremadura, derivada del incumplimiento de los deberes y obligaciones que tenía el director de las actividades arqueológicas de esas obras.
Notificación
La Dirección General de Patrimonio Cultural publicó en el DOE de ayer la propuesta de multa, contra la que cabe presentar alegaciones y la documentación que considere pertinente el afectado.
Llama la atención sin embargo, que la notificación se hace a Ildefonso Ramírez González a través del DOE porque , señala el anuncio publicado en él por la Junta, no ha sido posible practicar, en el domicilio de su destinatario, la notificación correspondiente.
Ildefonso Ramírez González es director de la empresa de arqueología Gea Patrimonio, domiciliada en la calle camino General Vives, número 6, esquina, de Guadalajara, tal y como recoge la propia resolución y figura en la página web que la sociedad tiene.
Licenciado en Historia, especialidad en Prehistoria y Arqueología por la UAM y antropólogo, es también profesor en la Universidad Europea, de Madrid. Ha dirigido más de un centenar de excavaciones arqueológicas y realizado diversos trabajos para la Junta y ayuntamientos en Extremadura y es autor de numerosas publicaciones científicas
El criterio de la Administración, en el caso de obras como autovías, lleva a inventariar todo el patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico o etnográfico en una banda de 100 metros. En las carreteras, el inventario de bienes afectados suele presentarse en fase inicial. Este trámite determina el desarrollo posterior de posibles prospecciones o del seguimiento arqueológico, directamente durante la ejecución de las obras.
Funciones
El arqueólogo director de los trabajos, señala la ley de Patrimonio de Extremadura, asumirá personalmente la dirección de aquéllos. Sus deberes y obligaciones son ejecutar los trabajos de acuerdo con el proyecto aprobado y la autorización concedida; comunicar las fechas de inicio y terminación de las actividades en cada fase si las hubiere; realizar el inventario de los materiales y el registro y documentación de la actividad, depositar los materiales y demás documentación complementaria en el lugar, plazo y forma que indique la Administración competente y presentar los informes y memorias dentro de los plazos que reglamentariamente se determinen.
La Consejería de Cultura no se pronunció ayer sobre las causas concretas que le han llevado a la propuesta de sanción tan elevada, ni aclarado si ha habido posibilidad de pérdida o desprotección del patrimonio con la ejecución de la obra.
Por su parte, este diario contactó con la empresa Gea Arqueología, de Guadalajara, si bien no pudo hablar con el afectado por estar de viaje en el extranjero, según informó una persona de la oficina.
La Dirección General de Patrimonio de Extremadura propone multar con 30.000 euros al director de las actividades arqueológicas de las obras de desdoblamiento y construcción de la variante sur de Plasencia, en el tramo desde la Ex-203 (arranque de la carretera de la Vera en la rotonda) hasta enlazar con la carretera N-630 en el alto de Fuentidueñas. Esta obra se ejecutó entre junio de 2008 y septiembre de 2010.
La propuesta de multa de 30.000 euros se basa en la comisión de una presunta infracción grave al artículo 93.2 de la Ley de Patrimonio de Extremadura, derivada del incumplimiento de los deberes y obligaciones que tenía el director de las actividades arqueológicas de esas obras.
Notificación
La Dirección General de Patrimonio Cultural publicó en el DOE de ayer la propuesta de multa, contra la que cabe presentar alegaciones y la documentación que considere pertinente el afectado.
Llama la atención sin embargo, que la notificación se hace a Ildefonso Ramírez González a través del DOE porque , señala el anuncio publicado en él por la Junta, no ha sido posible practicar, en el domicilio de su destinatario, la notificación correspondiente.
Ildefonso Ramírez González es director de la empresa de arqueología Gea Patrimonio, domiciliada en la calle camino General Vives, número 6, esquina, de Guadalajara, tal y como recoge la propia resolución y figura en la página web que la sociedad tiene.
Licenciado en Historia, especialidad en Prehistoria y Arqueología por la UAM y antropólogo, es también profesor en la Universidad Europea, de Madrid. Ha dirigido más de un centenar de excavaciones arqueológicas y realizado diversos trabajos para la Junta y ayuntamientos en Extremadura y es autor de numerosas publicaciones científicas
El criterio de la Administración, en el caso de obras como autovías, lleva a inventariar todo el patrimonio histórico, artístico, monumental, arqueológico o etnográfico en una banda de 100 metros. En las carreteras, el inventario de bienes afectados suele presentarse en fase inicial. Este trámite determina el desarrollo posterior de posibles prospecciones o del seguimiento arqueológico, directamente durante la ejecución de las obras.
Funciones
El arqueólogo director de los trabajos, señala la ley de Patrimonio de Extremadura, asumirá personalmente la dirección de aquéllos. Sus deberes y obligaciones son ejecutar los trabajos de acuerdo con el proyecto aprobado y la autorización concedida; comunicar las fechas de inicio y terminación de las actividades en cada fase si las hubiere; realizar el inventario de los materiales y el registro y documentación de la actividad, depositar los materiales y demás documentación complementaria en el lugar, plazo y forma que indique la Administración competente y presentar los informes y memorias dentro de los plazos que reglamentariamente se determinen.
La Consejería de Cultura no se pronunció ayer sobre las causas concretas que le han llevado a la propuesta de sanción tan elevada, ni aclarado si ha habido posibilidad de pérdida o desprotección del patrimonio con la ejecución de la obra.
Por su parte, este diario contactó con la empresa Gea Arqueología, de Guadalajara, si bien no pudo hablar con el afectado por estar de viaje en el extranjero, según informó una persona de la oficina.
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